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sábado, 16 de febrero de 2013

El Papa dimite: Heriré al Pastor y se dispersarán las ovejas



Benedicto XVI anuncia su dimisión como sucesor de San Pedro por encontrarse agotado. Dios quiera que no se refiera a este pontífice lo dicho por el Señor en Zacarias:


Zacarias 11,17 ¡Ay del pastor inútil, que abandona el rebaño!


Sabemos por Garabandal que tras este pontífice vendrá el fin de los tiempos (que no del mundo) y por San Malaquías que el siguiente y último pontífice de esta era de la historia será un tal Pedro el romano que gobernará la Iglesia 
en medio de una gran tribulación.


Sabemos también, como escribimos más arriba, por la visión de San Pío X, idéntica a la del tercer secreto de Fátima, que un Papa huiría de una Roma llena de cadáveres de sacerdotes y que poco después sería asesinado.


Nostradamus habla de un pontífice que huye de Roma, haciendo un relato igual al de San Pío X y al del tercer secreto de Fátima, y es detenido en Francia, en Tarbes, por soldados rojos y es asesinado en Lyon.


¿Es ahora cuando nos va a tocar a esta generación vivir estos sucesos dramáticos?


Si es para que venga el Reino de Cristo en la tierra ¡bendito sea Dios!, que sucedan pronto todos estos acontecimientos y que el Señor nos de las fuerzas necesarias para soportar lo que el Señor permita que suceda.

Un alma santa ha revelado lo que le ha comunicado el Señor con motivo de la dimisión de Benedicto XVI :

Maestro = Para Dios, lo que elige el Espíritu Santo, permanece hasta el final. 
Al igual que el casorio entre hombre y mujer por la Iglesia, no se puede romper.
Aquél que Dios elige con su dedo, continua, a no ser que lo destierre Dios, pero no el hombre. Amén.

Si esta revelación es cierta ello significaría que los Papas, elegidos por el Espíritu Santo, no pueden dimitir, no es lícita ni válida su abdicación ya que su elección la ha hecho Dios y no el hombre aunque el Señor se haya servido de hombres para manifestar su voluntad a través de los cónclaves.

Una de dos, o en los cónclaves es el Espíritu Santo quien actúa eligiendo a los Papas o es un acto puramente humano de unos cardenales. En el primer caso, que es el que siempre ha defendido la Iglesia, la designación de los Papas al ser hecha por Dios y libremente aceptada por el elegido, es de por vida del nuevo Pontífice ya que el hombre no puede con sus leyes variar o modificar lo que Dios ha dispuesto.

Esto significa que Benedicto XVI será el Sumo Pontífice de la Iglesia Católica hasta su muerte. 

Esto significa a su vez que el futuro Papa, si vive en el momento de la elección Benedicto XVI, no será un Papa elegido por el Espíritu Santo sino por una congregación de hombres. Este problema viene en la Iglesia desde la abdicación de San Celestino V como veremos después.

La historia de la Iglesia nos ha enseñado que en más de una ocasión ha habido anti-Papas. Es decir, hombres que o bien no fueron elegidos por el Espíritu Santo, pues el cónclave que los eligió fue simoniaco o tuvo algún tipo de defecto que lo hacía nulo, o bien la actuación del elegido fue perversa e hizo que la Iglesia reconociese oficialmente que el Espíritu santo había abandonado a ese Papa. En este caso no había abdicación sino deposición. 

Por otra parte hay una Ley eclesiástica que prevé y regula la dimisión del Papa. Quien tenga conocimientos eclesiásticos suficientes nos aclare si esa Ley tiene la misma inspiración del Espíritu Santo que el cónclave y mayor fuerza que el mismo para autorizar a que un Papa, que es infalible en determinados actos y circunstancias, puede con un acto de su voluntad, alterar o modificar que, lo que si es de fe que es su elección por un cónclave, pueda ser suprimida su cualidad de Papa en base a esa ley eclesiástica.


La Ley que regula la sucesión papal es el Código de derecho canónico (CIC) que establece los requisitos para la validez de la renuncia:  


Los requisitos de validez de la renuncia del Sumo Pontífice
expresamente indicados en el canon 332 § 2 son dos: debe hacerse libremente y ha de ser debidamente manifestada. En cuanto a la libertad de la dimisión, los comentadores remiten al canon 187 del
CIC, que para la validez de la renuncia exige que esta sea efectuada por quien se halla en su sano juicio, y al canon 188, que recoge las circunstancias que hacen inválida cualquier renuncia al oficio
eclesiástico: el miedo entendido como amenaza externa y humana, que sólo puede evitarse cesando en el oficio supremo (en el caso del Romano Pontífice no puede limitarse al miedo injustamente provocado); el error substancial que consiste en el juicio equivocado sobre algún elemento esencial de la renuncia; el dolo,
o sea, el engaño producido para causar la renuncia (por ejemplo, falseando el diagnóstico médico del Papa para incitarle a la dimisión) y la simonía. A estos cuatro factores causantes la nulidad hay que añadir la violencia física. 
Sería una cosa extremamente delicada, ardua y de consecuencias muy peligrosas para la Iglesia abrir post factum discusiones y poner en tela de juicio la validez de la renuncia del Papa, dada su situación canónica tras la dimisión (pérdida total de la potestad primacial), si ocurrieran algunas circunstancias que pudieran
influir en la validez de este acto. La misma advertencia se refiere también al modo de presentar la eventual dimisión, que debe realizarse de manera inequívoca y segura para disipar cualquier duda.

Cuando dimitió San Celestino V y le sucedió Bonifacio VIII algunos
canonistas, invocando los principios «Sancta Sedes a nemine iudicatur» y «nemo iudex in causa sua», sostenían que el Papa no podía juzgarse a sí mismo y tampoco podía dimitir porque no tenía superior que pudiera aceptar la renuncia. Otro argumento que se aducía en contra era la existencia del lazo espiritual indisoluble contraído entre cada Pontífice y la Sede Romana, a semejanza del vínculo matrimonial. El mismo Bonifacio VIII mediante una decretal  puso fin a esta discusión doctrinal y confirmó la legitimidad de la renuncia papal con tal de que esta se hiciera libremente. Esta fue la base de la legislación actual que regula la renuncia papal y es lógico lo decretado por Bonifacio VIII pues estaba defendiendo la legitimidad de su nombramiento.

La pregunta inicial queda en pie: ¿es válida una renuncia o abdicación a la sede Papal o no?. ¿Es válido el canon 332 del CIC?

Para nosotros los católicos no hay duda que los actos de un Papa de la santidad y sabiduría de Benedicto XVI son no solo correctos sino inspirados por el Espíritu Santo y más al tomar una decisión de tanta transcendencia. Por tanto debemos pedir a Dios que inspire al futuro cónclave para que los cardenales sepan escuchar la voluntad de Dios que les trasmite su Santo Espíritu.


Un amigo me dice que mire lo que dice Zacarias en 13,7:

"Álzate espada, contra el pastor, contra el hombre de mi compañía, oráculo de Yavé  Sebaot.
Hiere al pastor y que se dispersen las ovejas, y yo volveré mi mano sobre los pequeños."

El Papa Francisco es el "hombre de mi compañía" y el Señor avisa que se alzará la espada contra él. En Zacarias 13,8 dice:

"En toda la tierra, dice Yavé, srán exterminados los dos tercios, y perecerán, pero será preservado un tercio."

1 comentario:

  1. Estimado Sr.

    Me gustaría ponerme en contacto con Vd para cambiar algunas impresiones sobre las Profecías de la Madre Rafols.

    Le ruego me escriba a mi correo personal. Le agradezco de antemano su atención.

    traditio@hotmai.com



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